Síguenos en redes

Destrucción en Áreas Naturales Protegidas por falta de lineamientos jurídicos

Destrucción en Áreas Naturales Protegidas por falta de lineamientos jurídicos

De las 177 Áreas Naturales Protegidas (ANP) de carácter federal en México, 75 no cuentan con un Programa de Manejo publicado que regule las actividades permitidas, las prohibidas y las incompatibles para realizar dentro de dichas áreas. La falta de este instrumento jurídico ha ocasionado que un número importante de ANP hayan perdido los objetivos de conservación que dieron origen a su declaratoria.

Esto ha propiciado situaciones como el cambio de uso de suelo, la expansión de la ganadería extensiva, la erosión de las tierras, el desarrollo urbano, la contaminación de suelos y aguas de las ANP, y la extracción ilegal de especies; irregularidades que representan, de acuerdo con los tratados internacionales firmados por México, violaciones a los derechos humanos en materia ambiental que, de no ser atendidas, deben tener consecuencias jurídicas.

Por esta razón, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (Conanp) realicen un análisis para la recategorización de las ANP que hayan perdido las características y el propósito naturales que les dieron origen.

La Recomendación General también pide que se identifiquen y supriman los obstáculos administrativos que históricamente han impedido la formulación de los Programas de Manejo de las ANP. Esto con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el artículo 65 de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, según el cual el Programa de Manejo de cada ANP debe ser publicado en el Diario Oficial de la Federación en un plazo no mayor a un año luego de su nombramiento.

Los Programas de Manejo representan lineamientos que brindan certidumbre jurídica tanto a las autoridades como a los propietarios, usuarios, vecinos, pueblos y comunidades indígenas que residen o llevan a cabo sus actividades dentro de su perímetro. Por lo anterior, la CNDH demanda que durante los procedimientos de formulación, revisión, y aprobación de los programas se tomen en cuenta el contexto local y cultural, así como la opinión de los pueblos indígenas cuyos intereses podrían ser afectados.

El Consejo Consultivo de la Comisión aprobó esta Recomendación General, que también sugiere la revisión quinquenal de los Programas de Manejo de las ANP, con la finalidad de preservar los recursos naturales, las especies y los hábitats de México, uno de los países con mayor diversidad biológica del mundo.

Ana Laura Bañuelos