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Resolución de la SCJN traería autonomía sobre cuerpos de las veracruzanas; aborto no sería delito

Resolución de la SCJN traería autonomía sobre cuerpos de las veracruzanas; aborto no sería delito

¡Aborto sí, aborto no. Eso lo decido yo!

-Consigna popular feminista

 

Si la Suprema Corte de Justicia resuelve a favor del amparo 6363019 –en revisión por la omisión del Congreso de Veracruz de legislar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en esa entidad– concedería a las mujeres la titularidad del derecho a decidir sobre sus cuerpos y permitiría establecer un estándar para que la salud sea otorgada libre de estereotipos, observó Esmeralda Lecxiur Ferreira, integrante de Mexfam. Y es que el aborto no sería delito bajo ninguna causal en la entidad.

La abogada reconoció la argumentación con perspectiva de género expuesta en el proyecto que discutirá mañana la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Dicho proyecto fue elaborado por la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, y en éste se analiza la posible omisión legislativa del Congreso de Veracruz al no haber reformado los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal estatal que violenta y restringe los derechos reproductivos de las mujeres. Ello, aún cuando la Conavim evidenció el marco legal discriminatorio a los tres Poderes.

El proyecto toca puntos relevantes que suelen olvidarse, como el análisis de la salud integral de las mujeres. Porque, a decir de la abogada, “casi siempre se habla de lo físico y se deja a un lado lo psicológico y lo social”. Tópicos que la Corte analiza “bien”, advirtiendo así que con la decisión unilateral del Congreso de declarar el aborto “inconstitucional” hasta las 12 semanas se atacan proyectos de vida, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres y el derecho a tener una vida digna. Además de reforzar la existencia de procesos especiales y específicos en los cuerpos de las mujeres.

“Creo que eso es darles a ellas el concepto y la titularidad como sujetas de derecho y permite establecer un estándar para que la salud sea otorgada libre de estereotipos: las mujeres no somos solo un rol reproductivo ni una incubadora”, detalló.

Asimismo, la integrante de Mexfam dijo que el proyecto a discutirse el próximo 29 de julio, contempla las recomendaciones de instrumentos internacionales, como la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación de la Mujer (Cedaw, por su sigla en inglés), creada en 1991, y la Convención Belém Do Pará (creada en 1998). Instrumentos  “de suma importancia y que los estados han quedado a deber” en su aplicación, ya que establecen marcos normativos para que elementos legislativos, administrativos, entre otros, los adopten y se ajusten a estos. Y es que, apuntó la omisión de México de no armonizar sus leyes con los estándares internacionales desde la creación de estos: “desde ese momento el Estado tuvo que haber reformado sus marcos jurídicos”.

Lecxiur Ferreira, calificó como “un sueño difícil de encontrar” la concepción del “derecho penal desde la perspectiva de género”, porque la Suprema Corte –órgano máximo para que las mujeres sean escuchadas– analiza el tipo penal de aborto describiendo enlazando estereotipos con la descripción normativa. Argumentos “difíciles de encontrar”, con base en la participación de la licenciada: el derecho penal suele ser “problemático por tener antecedentes androcéntricos”.

Para la especialista en derechos humanos y el enfoque de género con el que se miró el derecho penal en el proyecto del magistrado González dejará la posibilidad de tener condiciones de incluir una causal de salud, quitar la barrera de los 90 días que sabemos que los plazos en casos de violación es tortuoso  para las víctimas.

Y es que, en Veracruz no se brinda la causal por efectos graves a la salud para dar paso a la interrupción legal del embarazo, es decir, pueden morir o quedar dañadas durante el proceso de gestación, de acuerdo con Patricia Bedolla, abogada feminista impulsora de la Alerta de género por agravio comoarado interpuesto el 17 de diciembre de 2017 en el estado. Lo que viola el artículo cuarto constitucional: el derecho a la salud y a la maternidad deseada.

Luego de “4 años de vivir violencia institucional que se plasma en la no protección y no garantía de la vida de las mujeres en el estado de Veracruz”, María de la Luz Esteban, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio dijo dijo esperar que las autoridades se guíen por estándares de mayor protección y no por prejuicios: estos, “lo único que han hecho es mantener a las mujeres en la sumisión y en la negación de sus derechos”.

Por su parte, la abogada Esmeralda Lecxiur enfatizó en la no infantilización de las mujeres al creerlas sin capacidad de decisión. Pues las mujeres pueden decidir, tienen la capacidad de cambiar la pena contemplada como reeducación “porque pareciera que no sabemos qué decisiones tomar con el cuerpo; como si fuera una decisión fácil interrumpir el embarazo”.

Es por ello que para las impulsoras de la alerta mañana será un día muy importante e histórico. “Necesitamos tener esperanza, ánimo para decir que México va avanzando en la protección de los derechos humanos de las mujeres”, añadió María de la Luz Esteban, miembro de Católicas por el Derecho a Decidir.