A pesar de las irregularidades en que incurrió Mexlub, y que significan pérdidas económicas para Petróleos Mexicanos por casi 40 mil millones de pesos, la subsidiaria Pemex Refinación decidió iniciar una “nueva relación” comercial con la empresa. En 20 años de sociedad, Mexicana de Lubricantes nunca reportó a la paraestatal un sólo centavo de ganancias


Violaciones al Contrato de Coinversión Pemex-Mexlub
Al ratificar el Comité de Auditoría y Evaluación de Desempeño la ratificar el Comité de Auditoría y Evaluación de Desempeño la propuesta de la administración de Petróleos Mexicanos y Pemex Refinación para el restablecimiento de las relaciones comerciales y corporativas con Mexicana de Lubricantes, sus miembros estarían avalando la violación del contrato de coinversión –cuyo contenido al parecer desconocen– entre ambas empresas.El contrato de coinversión establece que Pemex tendría acceso irrestricto a los libros, registros, archivos e instalaciones de la empresa durante horas y días hábiles a fin de inspeccionar, fotocopiar y examinar los mismos; a la fecha, esto no ha ocurrido. No obstante, sí se le obligó a incluir en sus contratos de franquicia con las gasolineras una estipulación en virtud de la cual, éstas deben comprar únicamente aceites y grasas de Mexlub.Mexicana de Lubricantes, a la fecha inaugural, debía comprometerse al pago de 508 millones 400 mil pesos por equipo, maquinaria y derecho de usos de marcas a Petróleos Mexicanos, más el impuesto al valor agregado. Asimismo, informar periódicamente sobre el desarrollo del negocio, de manera enunciativa y no punitiva, bajo los principios de rendición de cuentas y transparencia; presentar oportunamente todas las declaraciones fiscales y pagar el gravamen correspondiente; notificar por escrito la existencia de cualquier litigio, arbitraje o procedimiento que pudiera afectar sustancial y adversamente sus operaciones comerciales o posición financiera.El otorgamiento de préstamos y garantías a través de fianzas o avales; hipotecas sobre cualquiera de sus bienes o activos; contratos para la adquisición o arrendamiento de inmuebles, equipos, servicios o gastos; la celebración, modificación o terminación de cualquier contrato de Mexlub con Impulsora Jalisciense; y el allanamiento, desistimiento o transacción de arbitraje judicial, debía consentirse por el organismo público del gobierno federal. Sin embargo, desde la creación de Mexlub, el 19 de enero de 1993, ha actuado con libre albedrio.