El político y filósofo Hans Kelsen (1881-1973) propuso soluciones sobresalientes en técnica y ciencia jurídicas, a tal grado que es un parteaguas entre la metafísica jusnaturalista y el conocimiento del derecho positivo y éste como estructura jerárquica de las normas jurídicas constitucionales, leyes, reglamentos, decretos, para normar la conducta de las personas como sociedad y de los gobernantes como régimen.
Sin Kelsen no hay forma de explicar el tríptico Estado, como pivote de la sociedad y el gobierno, ni los medios jurídicos para regular la actuación humana y de órganos como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) e instituciones similares.
Es primordial reconocer y agradecer el trabajo de la traducción, como esfuerzo intelectual y arsenal cultural, de quienes recrean textos del idioma original, pues muchos no podríamos o sería muy difícil tener acceso a éstos. Ariel Peralta García (con doctorado en derecho) es quien más ha estudiado a Hans Kelsen al traducir sus ensayos publicados en alemán (muy pocos en inglés, tras haber emigrado por la feroz autocracia del nazismo).
A él debemos el texto Propósitos de Naciones Unidas, acerca del libro de Kelsen Derecho de las Naciones Unidas (1950), en el que crítica y analiza sus problemas fundamentales. Kelsen creó y fue juez del primer Tribunal Constitucional en Austria (1921-1922); posteriormente, profesor en la Universidad de Colonia, luego en Ginebra, Praga y finalmente radicó en Estados Unidos, donde impartía clases en la Universidad de California, Berkeley. Ésta designó con su nombre a la biblioteca de ciencias sociales (de fundamento jurídico). Ver el libro de Rudolf Aladár Métall Hans Kelsen. Vida y obra (traducido por Javier Esquivel y editado por la Universidad Nacional Autónoma de México) en el que Kelsen hizo el honor de dictar una conferencia en 1960. En 1943 envió su ensayo El contrato y el tratado, para los cursos extraordinarios de invierno.
Peralta García tradujo el preámbulo de Derecho de las Naciones Unidas –(el neokantiano-kelseniano Francisco Duarte Amaya había traducido el prefacio) es un texto soberbio de 40 notas– y el análisis sobre la declaración de la ONU del 10 de diciembre de 1948, para la vigencia universal de los derechos humanos. Esto es relevante por ser el punto de vista técnico-científico del jurisconsulto: “La ONU […] Proclama esta declaración en calidad de modelo común de realización para todos los pueblos y todas las naciones”. Así es como “los Estados tributan al concepto de derecho…”, expresó Immanuel Kant; a lo que Kelsen agregó: “[…] De normas positivas que están en la Constitución de las Naciones Unidas para implantar el Estado de paz universal de fines republicanos”. Cabe el reconocimiento al traductor Ariel Peralta García quien ha estudiado la obra kelseniana con devoción crítica.
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