Vicente Fox Quesada, presidente constitucional de México desde el 1 de diciembre de 2000 y militante del ultraderechista Partido Acción Nacional (PAN), cierra su sexenio patrocinando actos represivos y violatorios del Estado de Derecho en contra de movimientos sociales, tal como sucedió en la década de los 70 con la llamada “guerra sucia”. Y es que en el contexto de las elecciones presidenciales del próximo 2 de julio, el gobierno federal se ve involucrado en un operativo de represión que deja como saldo un pueblo allanado; un menor de edad muerto; 189 personas detenidas -entre ellas el líder social Ignacio del Valle-; adultos, niños y ancianos brutalmente golpeados; mujeres agredidas y violadas sexualmente; cinco extranjeros ilegalmente expulsados, y un número indeterminado de desaparecidos.
El cruento capítulo que se vivió el 4 de mayo pasado en San Salvador Atenco, Estado de México -en el que participaron alrededor de 5 mil elementos de la Policía Federal Preventiva y de la Policía Estatal- es calificado por prestigiados abogados y defensores de derechos humanos como un operativo de Estado para desarticular al Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra —movimiento vinculado con La Otra Campaña que encabeza el subcomandante insurgente Marcos del Ejército Zapatista de Liberación Nacional—.
Aunque el presidente Vicente Fox justifique los hechos con el argumento de que “son una afrenta a la sociedad y un atentado contra el Estado de Derecho por parte de un pequeño grupo de personas”, y diga que el compromiso de su gobierno con los mexicanos “es garantizar el Estado de Derecho, el interés público y la seguridad por sobre los intereses particulares”, especialistas en leyes afirman que en el caso Atenco la responsabilidad del quebrantamiento del orden recae en el propio Estado.
Para Juan de Dios Hernández Monge, quien atiende la defensa legal de una centena de detenidos, este es un asunto “eminentemente político [...] Por desgracia, al criminalizarse la lucha social a las cuestiones judiciales se les da un carácter político. No hay independencia del poder judicial: el juez (Jaime Maldonado Salazar) dicta resoluciones como éstas con base en consideraciones políticas y no jurídicas”.
El 10 de mayo pasado Maldonado Salazar, juez segundo penal de Toluca, dictó auto de formal prisión por su probable responsabilidad del delito de secuestro a 14 de los 189 detenidos, entre ellos Ignacio del Valle y su hijo César. Sólo 17 de los presos políticos de La Otra Campaña, como los reconoce el Delegado Zero, fueron exonerados absolutamente y 144 obtuvieron su libertad bajo caución.
Hernández Monge acusa que “ya les dictaron el auto de formal prisión y no hemos tenido acceso al expediente. Es un operativo de Estado y sabemos por qué lo hacen: cómo vamos a preparar la defensa si no sabemos de qué los acusan, quién los acusa, quién declara en su contra, qué es lo que declaran. Hacen nugatorio el derecho de defensa, violan las garantías constitucionales del debido proceso de legalidad y de seguridad jurídica. Esto se convierte en un sistema inquisitorial cuando se supone que en México hay un sistema acusatorio en donde priva el principio fundamental de que todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario”.
El doctor en filosofía del derecho internacional y académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Manuel Becerra Ramírez, explica que “es absurdo que en aras del mantenimiento del Estado de Derecho se violen los derechos humanos de muchas personas y de extranjeros. La autoridad tiene limitaciones, inclusive en una guerra hay derecho humanitario internacional, hay obligaciones de los contendientes de no violar los derechos individuales y menos de la población civil”.
Añade que, “aunque el Estado tiene el monopolio de la fuerza, no puede actuar fuera de sus facultades, está limitada y debe ser proporcional, eso es un principio general de derecho penal: si usted me saca la lengua y yo soy autoridad no puedo sacar la pistola y matarla, hay una desproporción evidente en la utilización de la fuerza pública, eso es lo que sucedió en Atenco. “No es tan complicado, si hay una violación de la Ley por parte de los detenidos se debe seguir el procedimiento que marca la Ley. Pero desde un principio hay irregularidades: quien decidía qué casas se debían catear era un tipo encapuchado, no había orden judicial, esa es una violación flagrante del artículo 16 de la Constitución, que establece que nadie puede ser molestado en sus pertenencias sin una orden judicial”.
Advierte que “el uso de los espías se permite siempre y cuando vaya en contra de la delincuencia, pero aquí no hay delincuentes: no hay un proceso en el cual se expida una orden de aprehensión o cateo, no hay nada. Hay una violación de inicio a fin, nunca se debe de agredir a la población. El Estado de Derecho no se puede esgrimir en ningún momento cuando desde los inicios hay violación. El operativo ha sido totalmente ilegal.
“Las autoridades están enrareciendo el clima político nacional. No necesitamos una situación de este tipo y tan absurda: se trataba de ocho vendedores de flores y había un proceso de negociación, y esto deriva en una verdadera violación de derechos humanos colectiva: crean presos cuya situación es tan cuestionable que se pueden denominar presos políticos porque están perseguidos en virtud de sus posiciones políticas. En este caso concretamente contra el señor Ignacio del Valle”.
Persecución de Estado
Detrás de la rejilla de prácticas y en espera de conocer su situación jurídica, el 10 de mayo Jorge Salinas Jardón, empleado de Telmex, muestra a la prensa las heridas y contusiones producto de la golpiza que, al igual que al resto de los detenidos, le propinaron los policías estatales y federales en todo el cuerpo. Para Jorge Carmona, académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “durante la entrada de las autoridades (a Atenco) hay un innegable uso excesivo de la fuerza. Para aplicar la fuerza pública hay grados, está regulado, no es una cuestión al arbitrio de las autoridades: una vez que las personas están sometidas y no ofrecen resistencia, las autoridades no están legitimadas para golpear como se observó en las imágenes. Ahí hay un uso excesivo de la fuerza que se traduce en tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en algunos casos hasta tortura que abarca ese tipo de conductas”.
El especialista en derecho internacional puntualiza que “se podrían configurar violaciones a derechos humanos que son delitos perseguibles de oficio. En el caso de la tortura no hay necesidad de presentar una denuncia”. Agrega que esto no exime a la población que participó el 3 de mayo en la golpiza en contra de elementos de la fuerza pública y en la retención de nueve policías. “Lo que vimos por parte de la población y esas manifestaciones violentas, inclusive lesiones producidas a la policía, son conductas delictivas”.
El investigador explica que hay una responsabilidad del Estado que se debe determinar a través del esclarecimiento de los hechos. Dice que “de otra manera lo que no se dirima en el ámbito interno se va a dirimir en el ámbito internacional ante la Comisión Interamericana o ante alguno de los comités de Naciones Unidas como una queja contra el Estado mexicano. Sería lamentable que el Estado, ante la evidencia que existe, quiera llegar hasta esos niveles para reconocer su responsabilidad”.
El doctor Carmona añade que si el Estado no hace las investigaciones correspondientes “está incurriendo en una responsabilidad precisamente por la omisión de la investigación de estas conductas. Las autoridades no pueden actuar en un marco de impunidad”. Edgar Cortés, presidente de la Red Nacional Todos los Derechos para Todos, observa que “hay una agresión del gobierno en contra de movimientos sociales, en contra de líderes de oposición”. Agrega que, “aunque el presidente Fox y el gobernador Enrique Peña Nieto han dicho que la acción represiva y la brutalidad policíaca fueron en ejercicio del Estado de Derecho, éste sólo puede existir cuando hay apego a las leyes y a los estándares internacionales de derechos humanos. En casos como el de Atenco es fundamental la perspectiva de la seguridad e integridad de las personas y no del poder político o del Estado que va a violentar la vida, la integridad y la seguridad de las personas”.
Para el investigador Becerra Ramírez, en el operativo “la aplicación desmedida de la fuerza pública es de carácter político. Por eso la respuesta también debe ser política: si hubiera cierta razón para decir que (los detenidos) están violentando, la decisión debe ser de acuerdo con la situación de la sociedad. Si le cargan 30 años de cárcel al señor Ignacio (del Valle) van a crear un conflicto de carácter social a largo plazo, eso es evidente”.
Agrega que las condiciones y el momento en el que se está dando el endurecimiento del Estado es muy delicado: “eso crea un ruido terrible al momento político que son las elecciones. Tal parece que hay una intención del gobierno de crear un clima de mucha violencia y temor para la población con fines específicos, como podría ser incitar que el voto se dé a favor de un candidato que promete la paz, cuando definitivamente se ha dicho que uno de los candidatos es el violento”.
Expulsiones ilegales
Sin rendir explicaciones sobre el juicio sumario a cinco extranjeros detenidos durante el operativo de represión del 4 de mayo pasado en San Salvador Atenco, el Instituto Nacional de Migración dio a conocer su expulsión a través de un boletín de prensa. Según las autoridades migratorias –quienes prefieren no hablar con la prensa porque “éste es un tema muy caliente”-, los deportados “violaron la Ley General de Población al efectuar actividades distintas a las declaradas ante la autoridad migratoria cuando ingresaron a territorio mexicano”.
David Velasco, presidente del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, advierte que se trata de un proceso sumario de deportación que violenta las garantías de los extranjeros como el derecho de replica y el derecho de defensa. Para el doctor Jorge Carmona “en estos casos que se trata de deportación propiamente se debe tener como base una irregularidad migratoria (del afectado): el estatus migratorio en el que se encuentran o las actividades que están realizando. Ahora, en este caso hay una primera irregularidad que es la rapidez con que se lleva a cabo la expulsión y se deja a las personas en un estado completo de indefensión, porque no me digan que en tan pocas horas se puede llevar a cabo un procedimiento que cumple con las reglas del debido proceso. “La persona tiene que ser escuchada, se le tiene que dar una garantía de audiencia, puede oponer los recursos y criterios legales que considere y después de ello tomarse la decisión.
Otra anomalía es que no se haya notificado al consulado de estas personas, eso es importante porque eso es lo que México ha reclamando frente a los Estados Unidos de que en los casos de connacionales que detienen por allá, rara vez o en pocas ocasiones se notificaba al consulado que tiene facultades de defensa de los connacionales. Si esta deportación fue llevada a cabo sin la notificación al consulado es una violación flagrante a los derechos de estas personas”. El doctor Manuel Becerra señala que, aunque los extranjeros tienen una doble protección, esto no se tomó en cuenta: “el artículo primero constitucional establece que todos los individuos que se encuentren en el territorio nacional tendrán todos los derechos ahí establecidos. En segundo lugar, los tratados internacionales que, si bien establecen la facultad del Estado de expulsar, advierten que ésta se aplica concediéndoles el derecho de oírlos y vencerlos en juicio, es un garantía fundamental.
Las facultades de expulsar o deportar están limitadas, no se pueden violar, sin embargo los extranjeros fueron expulsados sin derecho de audiencia”. Las españolas Cristina Valls Fernández y María Sostres Tarrida; la alemana Samantha Ariane Marei Dietmar, y los chilenos, Valentina Larissa Palma Novoa y Mario Alberto Aguirre Tomic, fueron expulsados la madrugada del 6 de mayo, sin que se tomara en cuenta que había un amparo interpuesto donde ya se les había concedido la suspensión del acto reclamado, es decir, “la detención de los actos de la autoridad que pueden vulnerar los derechos”, explica el doctor Carmona. (Nancy Flores)
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Publicado: Junio 1a quincena de 2006 | Año 4 | No.57
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