A casi nueve años de establecida en la administración de justicia mexicana y utilizada a discreción y sin rendir cuentas a nadie por la Procuraduría General de la República (PGR), la figura del “testigo protegido” se debate entre la legalidad e ilegalidad ante la indiferencia de los diputados de la LIX legislatura.
La figura, que se desprende de los artículos 34 y 35 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 1996, ha permitido que durante los gobiernos de Ernesto Zedillo y Vicente Fox decenas de delincuentes se conviertan en delatores a cambio de “protección”, beneficios económicos y benevolencia de parte de las autoridades judiciales.
Y es que en materia de protección a testigos la Ley apenas dedica 38 palabras para señalar que la PGR “prestará apoyo y protección” a testigos “cuando así se requiera”. Pero no especifica en qué consistirá la protección ni cómo debe realizarse.
Sin embargo, para los legisladores de las tres principales fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión el tema no es relevante, aunque también reconocen que no están enterados sobre el papel que juegan los testigos protegidos en la administración de justicia y que la Procuraduría se muestra renuente a dar información sobre la materia, pero tampoco tienen la intención de revisar y mucho menos legislar al respecto para clarificar y definir al testigo protegido.
El trato diferenciado para con el “miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda” está previsto en los cuatro párrafos del artículo 35, donde se establecen reducciones de hasta dos terceras partes de las penas para sentenciados e indiciados.
De acuerdo con el doctor en Derecho por la UNAM, Raúl Carrancá y Rivas, la figura del testigo protegido es legal en tanto que está prevista en la Ley y no afecta de manera alguna a la Constitución.
“No genera absolutamente ningún problema constitucional a escala de garantías individuales, de derechos fundamentales. Pero es lo único que dice la ley. Y cómo van a ser protegidos, de qué manera. El artículo 34 no lo especifica. Es muy breve. En consecuencia, la Procuraduría prestará ese apoyo y protección en los términos que ella crea conveniente. No hay una reglamentación sobre cómo, cuándo, en qué condiciones, bajo qué requisitos.”
Las dudas sobre la legalidad de la figura inician aquí, pues la PGR podría interpretar como protección un sinnúmero de acciones que podrían afectar a los inculpados por el testigo protegido.
De acuerdo con el investigador emérito universitario, para empezar “la Ley habla de testigos protegidos, no ocultados. Entonces el proteger no tiene que ver con que yo no sepa quién me está acusando. Si la Procuraduría llegara a impedir que el testigo que depone en contra de mí sea careado conmigo o que lo vea o que sepa su nombre, esto ya escapa del ámbito de la protección.
“Una cosa es proteger y otra ocultar. Y si se dice ‘es que para protegerlo lo oculto’, pues entonces para protegerlo se puede fantasear sin límite: ‘para protegerlo voy a hacer esto y lo de más allá y…’ ¡no, momento! Eso ya no está dentro del entorno legal.”
El abogado, con 52 años de impartir cátedra, también cuestiona los privilegios que pudiera tener el delincuente delator. La protección a los testigos es constitucional, pues proteger no viola ninguna garantía, ningún derecho.
“Pero ya no sería constitucional que el testigo recibiera ciertos miramientos en el nivel dizque de protección y ciertas concesiones y hasta ciertos estímulos. No. Eso ya afectaría a la otra parte. Es decir, Juan está deponiendo en contra de mí para que posteriormente, y él lo sabe, tenga una serie de concesiones. Así, casi se le está comprando y va a deponer prácticamente lo que quiera la autoridad frente a la expectativa de algo favorable para él.”
La diputada priísta Rebeca Godínez y Bravo, presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos (CJDH), dice que la figura del testigo protegido podría servir para mejorar la administración de justicia en nuestro país, pero aún no está en las leyes mexicanas claramente definida, “y le soy honesta: no conozco, no sé la manera en que se está llevando aquí”.
El panista Miguel Llera Bello, secretario de la CJDH, concede que la figura jurídica del testigo protegido no existe en la justicia mexicana y, aunque es un tema importante, no será en este año cuando se inicien los trabajos para legislar en la materia.
“La figura del testigo protegido se tendría que trabajar primero en comisiones y ver hasta dónde es posible llevarla a cabo, porque hasta ahora se estarían violentando algunos asuntos que están en la Constitución.
“Y se debería entrar a la discusión a la brevedad porque sabemos que en este momento las personas no quieren atestiguar por temor a represalias. Se requiere un instrumento que les dé seguridad para sus vidas y la seguridad de no estar incurriendo en delitos.”
Sin embargo, para el diputado con licencia y ex secretario de la CJDH Gilberto Ensástiga no es necesario legislar en la materia. Para el perredista la figura del testigo protegido se encuentra dentro de “programas que sí deben mantenerse en la máxima discrecionalidad y es parte de las atribuciones que tiene el poder Ejecutivo. El problema es que no hay transparencia en su funcionamiento”.
Valida magistrado a testigos protegidos
En medio de la discusión de la legalidad o no de la figura del testigo protegido, el magistrado de circuito del Cuarto Tribunal en Materia Administrativa, Jean Claude Tron Petit, considera que las críticas que se han dado a esta figura jurídica parten principalmente de abogados que defienden a personas acusadas por testigos protegidos.
Tron Petit señala que ante los índices de violencia e impunidad que se viven en el país se tiene que pensar antes en la sociedad que ha sido lastimada, y si uno de los puntos es que hay impunidad porque no está funcionando el sistema, y sobre todo porque no se le está garantizando la justicia al que va a hacer la denuncia, se tienen que buscar otras alternativas para resolver estos problemas, y una de ellas es recurrir a la figura del testigo protegido.
“Si es necesario, en un momento dado, tener estos testigos protegidos para poder conseguir la contundencia y la eficacia de una investigación, y finalmente de una acusación seria, yo creo que hay que hacerlo. Sobre todo porque está avanzando la eficacia de la delincuencia de manera impresionante. Entonces, tenemos que ir ideando soluciones y respuestas a veces medio adaptados o medio improvisadas, pero aquí creo que el fin puede justificar determinados medios en este sentido”, dice el magistrado.
¿Hemos visto que a un mismo testigo se le utiliza en varios juicios. Cómo puede saber un testigo, en el caso del narcotráfico, de un grupo o de otro, cuando éstos son antagónicos y cuando el ministerio público utiliza la declaración de un testigo como la prueba contundente en un caso?
-Aquí hay que partir de la razón, es testigo protegido, pero el que finalmente conoce y recibe toda la información es el juez. El eje fundamental en estos casos es que debe ser un juez muy capaz, muy prudente, muy maduro en muchos aspectos jurídicos, para poder entender y comprender, pues mucha de esa información no se les va a difundir a las partes. Que esto incluso sucede en materia comercial, en donde hay información confidencial desde el punto de vista económico que solamente el juez o la Secretaría de Economía en un momento dado manejan y no lo conoce la otra parte.
Hacen falta cambios en leyes, pero la clave son los jueces. Si tenemos principios y valores más o menos definidos, porque no podemos tener reglas para todo, esto es un sueño utópico, que sería ideal, pero no puede haber reglas a priori para lo que está por venir, pero sí dar ciertos valores y contar con personas muy prudentes. Hay que empezar a formar, no se puede cambiar a todos pero sí empezar con grupos de elite, tanto fiscales como de jueces para los asuntos cruciales y críticos.
¿Hay otra discusión sobre los beneficios otorgados a los testigos, como la reducción de pena?
-Bueno, pero actualmente está en la Ley, y se hace sin una normatividad, e incluso hasta los grandes asuntos finalmente en la Suprema Corte son muy difíciles de poder cumplir y se acaba negociando, porque más vale eso a que quede la cosa trabada y te quedes con el derecho frustrado.
Creo que es una gran tendencia en todo el mundo y creo que lo que debemos de transformar es el sistema de justicia en un sistema de negociación. Nunca vamos a poder acabar con la sobrecarga de trabajo que tenemos en los juzgados si no buscamos un arreglo y una negociación, esto es algo que se ha manejado mucho en Europa, en donde los jueces buscan la negociación entre las partes en cualquier tipo de asunto, es mejor, es lo más adecuado, es lo más conveniente y es, incluso, sentar un precedente sociológico.
En el caso de asuntos delicados como secuestro, narcotráfico, está la figura del agente encubierto que hace la investigación de fondo. ¿Qué es preferible, fortalecer la figura del agente encubierto o la del testigo protegido?
-Las dos son útiles y pueden ser complementarias, porque al final el juez sí conoce todo esto para él no hay nada oculto. Durante la secuela del procedimiento es donde se pueden ejercer muchas presiones, chantajes y persecuciones. Entonces el blindaje que el juez necesita y la limitación a la transparencia son necesarios para que detenga a las partes y no lo estén presionando. Un ejemplo es el caso de O J Simpson, en los Estados Unidos, en donde el juez no pudo frenar adecuadamente a las partes y la parte defensora se metió hasta la cocina, acabó manipulando al jurado y el juez perdió el control del juicio.
Creo que tenemos que hacer un gran esfuerzo en la construcción de jueces y la relación que tenemos que establecer medios de comunicación y jueces para que finalmente la sociedad avale, apoye y todos caminemos juntos bajo un esquema mucho más transparente y competitivo. (Manuel Pineda)