De acuerdo con el titular de la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos (DGAJS) de la Secretaría de Gobernación, Ezequiel González Matus, estas actividades no sólo son legales, sino que, incluso, “tienen un arraigo de muchos años”.
Todas estos “servicios” deben ser autorizados y supervisados por esta Dirección, que por años ha establecido los requisitos que deben llenar los ciudadanos para aspirar a hacer negocios con las apuestas y sorteos.
“Naturalmente la complejidad de esos requisitos va de acuerdo con la naturaleza del permiso de que se trate. No es lo mismo, por ejemplo, pedir un permiso para un sorteo o para una pelea de gallos, que pedir un permiso para un hipódromo o para un centro de apuestas remotas o para el cruce de apuestas en las ferias.”
El funcionario informa que al año la DGAJS expide aproximadamente mil 400 permisos de sorteo. Mientras, el promedio anual de permisos para carreras de caballos y peleas de gallos rebasa los 2 mil por actividad.
González Matus rechaza que los centros de apuestas remotas y las salas de sorteo de números sean pequeños casinos.
“La Ley de Juegos y Sorteos establece un catálogo cerrado de actividades permitidas en nuestro país. Dentro de esas actividades permitidas en nuestro país están los sorteos, el cruce de apuestas en eventos deportivos, el cruce de apuestas en contiendas o competencias entre animales, y de esa manera se abre la posibilidad del juego que al día de hoy se lleva a cabo en nuestro país; pero no de los casinos.”
Sobre el polémico Reglamento de la LFJS, recientemente publicado en Diario Oficial de la Federación y que provocó una controversia constitucional entre la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo, dice que “es para beneficio de la sociedad. Lo que más le conviene al país es una reglamentación; es decir, una norma compleja, completa, exhaustiva y, sobre todo, transparente.”