Desde hace un par de semanas en la oficina del procurador fiscal Luis Felipe Mancera Arrigunaga –subordinado del secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz– se discuten los últimos detalles sobre el futuro del Fideicomiso 954-8, coloquialmente llamado Aduanas I, que desde 1993 se maneja como “privado” a pesar de resguardar los recursos obtenidos por el cobro del Derecho de Trámite Aduanero (DTA).
Fuentes de primer nivel del Servicio de Administración Tributaria (SAT) señalan que esta es la última etapa del proceso de “transparencia” que ordenó el presidente Vicente Fox Quesada en diciembre de 2003, y que el análisis versa sobre la pertinencia de transformar esta figura jurídica en pública o de proceder a su extinción.
De acuerdo con los tiempos establecidos por el secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, la resolución se tomará a más tardar el 31 de diciembre de este año, con lo que se espera quede concluida la oscura historia de los fideicomisos privados Aduanas I y Aduanas II y de las empresas Integradora de Servicios Operativos S.A. (ISOSA) e Integradora de Activos S.A. (IASA).
Documentos oficiales de la Secretaría de Hacienda obtenidos a través de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental revelan que los fideicomisos fueron creados hace más de una década por el propio Francisco Gil Díaz cuando era subsecretario de Ingresos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), bajo la asesoría jurídica del panista Santiago Creel Miranda, ex secretario de Gobernación y fallido aspirante a la Presidencia de la República.
Ambas figuras fiduciarias, junto con la empresa ISOSA, han sido señaladas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) de participar en el cobro “indebido” del DTA. Tan sólo en el análisis de las cuentas públicas del primer trienio foxista, el máximo órgano de fiscalización determinó que el SAT ha incurrido en daños patrimoniales por 9 mil 347 millones de pesos, al omitir enterar a la Tesorería de la Federación (Tesofe) los recursos obtenidos por el cobro de este derecho de trámite aduanal.
Sin embargo, la ASF no cuenta con herramientas jurídicas que le permitan revisar las cuentas correspondientes a los ejercicios fiscales de 1993 –fecha en que se constituyó el fideicomiso Aduanas I– a 2000, por lo que dicho monto podría duplicarse ya que, de acuerdo con el balance general correspondiente al primer trimestre de 2005 y cuya copia está en poder de Contralínea, este fideicomiso acumula un patrimonio de 19 mil 523 millones 753 mil pesos.
La información integrada por la fiduciaria Nacional Financiera (Nafin), que fue proporcionada por el SAT después de un complejo proceso entablado ante el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), detalla que el activo resguardado sólo en el contrato Aduanas I se contabiliza hasta marzo de 2005 en 7 mil 263 millones 63 mil pesos.
En lo que podría considerarse como un revés para el secretario de Hacienda, principal promotor del secreto fiduciario, se prevé que la decisión ordene que, antes de que concluya este año, la millonaria suma se reintegre al erario público.
Según fuentes informativas del SAT, el análisis que prepara el procurador fiscal sobre Aduanas I determinará la manera en que se restituirán los recursos que durante 12 años fueron destinados “irregularmente” al fideicomiso privado, en donde la SHCP participa como fideicomitente y fideicomisaria, mientras que Nafin participa como fiduciaria.
Pero la decisión que Mancera Arrigunaga tomará en las próximas semanas no es sencilla, pues el contrato del Fideicomiso 954-8 fue modificado en dos ocasiones por los sucesores de Gil Díaz en la Subsecretaría de Ingresos: Ismael Gómez Gordillo y Tomás Ruiz, este último actual director de la Lotería Nacional.
Además, el procurador fiscal deberá corregir la “aberración” jurídica empleada por la Secretaría de Hacienda para justificar su participación en la creación y operación de Aduanas I, bajo el argumento de que lo hizo como “gestor de negocios privados” de los importadores y exportadores y no como entidad pública (Contralínea 43), según descubrió el IFAI durante la revisión de los recursos 906/05 y 685/05 interpuestos por Contralínea en contra del SAT.
Proceso “limpieza”
A petición del secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos, a finales de 2003 se realizó una reunión privada en la residencia oficial de Los Pinos. En esa ocasión, el presidente Vicente Fox ordenó a Francisco Gil Díaz transparentar y devolver los miles de millones de pesos manejados discrecionalmente a través de los fideicomisos aduaneros.
Como documentó el periodista Miguel Badillo en la columna Oficio de papel, en ese acto el secretario de Hacienda aceptó reintegrar los recursos a las finanzas públicas y se comprometió a desaparecer a la brevedad dichos mandatos jurídicos y a transparentar, mediante licitaciones públicas, la contratación de empresas para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos de las aduanas de todo el país, hasta ese momento concesionados a ISOSA e IASA.
A partir de entonces, Gil Díaz inició el procedimiento de “legalización” de los fideicomisos y de las empresas relacionadas con éstos. El proceso no ha sido fácil y, a dos años de aquella reunión, aún se evalúan los mecanismos para evadir las repercusiones judiciales que se pudieran derivar de la decisión final.
Documentos oficiales del SAT en poder de Contralínea revelan los primeros ajustes hechos por la SHCP en esta materia. Entre las medidas adoptadas por la dependencia destaca la creación de un fideicomiso público que sustituye a los privados Aduanas I y Consorcios de Comercio Exterior, conocido como Aduanas II.
La nueva figura jurídica se dio a conocer el 22 de julio de 2004 con la publicación de las modificaciones a la regla 1.3.5 en el Diario Oficial de la Federación. Dicha regla está relacionada con el cobro del Derecho de Trámite Aduanero y con las contraprestaciones generadas por el servicio de procesamiento electrónico de datos, ambos pagos previstos en el artículo 16 de la Ley Aduanera.
El fideicomiso identificado con el número 80380 fue constituido en Nafin con el carácter de “público” y, según refieren las fuentes informativas del Servicio de Administración Tributaria consultadas sobre la creación del nuevo contrato, éste sustituye al fideicomiso Aduanas I.
Sin embargo, la propia regla descubre que el fideicomiso público también suplanta al Aduanas II, pues detalla que el pago a las empresas que prestan los servicios de apoyo y control del despacho aduanero, relativos al servicio del segundo reconocimiento –antes administrado por el fideicomiso de los Consorcios–, también se hace con los recursos depositados en el recién creado contrato.
Según indica el Informe sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, realizado por la Secretaría de Hacienda, el fideicomiso 80380 se creó para administrar la contraprestación del artículo 16 de la Ley Aduanera. El documento puntualiza que, al tercer semestre de 2005, dicho contrato compromete recursos por 3 mil 156 millones 910 mil pesos.
La constitución y operación del contrato 80380 evidencia que la Secretaría de Hacienda reconoce la naturaleza “pública” de los recursos que integran las contraprestaciones relacionadas con el artículo 16, y que hasta julio del año pasado eran destinados a los fideicomisos operados al margen de la ley, según advierte la ASF.
Pese a esto, el SAT insiste en la versión de que los recursos correspondientes a dichas contraprestaciones son “privados”. De acuerdo con el análisis del recurso de revisión 685/05, integrado por el comisionado del IFAI, Alonso Lujambio Irazábal, el órgano encabezado por José María Zubiría considera que “el fin del Fideicomiso Aduanas I es el de percibir y administrar recursos provenientes exclusivamente de las contraprestaciones a que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera, que son recursos de índole privada, y no recursos del derecho de trámite aduanero ni algún tipo de recursos públicos”.
Al respecto, la regla 1.3.5 señala la nueva ruta de los recursos: las instituciones de crédito autorizadas para el cobro de las contribuciones de comercio exterior concentrarán a la Tesofe la totalidad de los recursos obtenidos por las operaciones de comercio exterior, incluidas las “contraprestaciones” y el DTA. Posteriormente, el SAT está obligado a reportar el monto total a la Tesorería y esta última a transferir los recursos al fideicomiso.
ISOSA en manos de Nafin
El mismo día que se dio a conocer la creación del fideicomiso 80380, también se ratificó la participación mayoritaria del Estado, a través de Nafin, en las empresas ISOSA e IASA. Sin embargo, ambas son consideradas como privadas.
De acuerdo con los títulos de propiedad firmados el 22 de julio del año pasado, Nafin, en su carácter de fiduciaria del fideicomiso 954-8, refrenda la propiedad de 999 mil 999 acciones representativas del capital fijo de ISOSA, y de 999 mil 998 acciones de IASA. Dichos documentos revelan que Nacional Financiera es dueña mayoritaria de ambas empresas, pues éstas constan de un millón de acciones cada una.
El vínculo entre ISOSA, IASA y Aduanas I no es reciente, se estableció desde hace más de una década. Según reveló el SAT durante el proceso jurídico correspondiente al recurso de revisión 906/05, tutelado por la presidenta del IFAI, María Marván Laborde, el fideicomiso referido es responsable de la contratación de esas compañías para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y del apoyo y control de los despachos aduaneros en todo el país.
“Entre Aduanas I y el SAT la relación es en virtud de una autorización, es decir, al fideicomiso denominado Aduanas I se le autorizó para prestar un servicio, entonces quien contrató con ISOSA es Aduanas I y no el órgano desconcentrado, autorización que constituye un acto unilateral del Estado”, argumentó el SAT en su defensa, aunque omitió decir que desde 1993 Nafin es dueña de ésta.
La afirmación del órgano desconcentrado, que por primera vez rindió un informe formal sobre su participación en la constitución y operación de los fideicomisos aduaneros, descubre que la SHCP permitió que la empresa prestara sus servicios por más de una década sin mediar licitación alguna y sin rendir cuentas a nadie. Situación que también se reprodujo con la empresa IASA.
Actualmente el complejo escenario relacionado con el fideicomiso Aduanas I es analizado por el procurador fiscal. Así, en las próximas semanas Mancera Arrigunaga deberá presentar a Francisco Gil Díaz –principal implicado en la creación y operación de estas figuras, y quien incluso fungió en 1993 como presidente de los comités técnicos de ambos fideicomisos– el esquema modificatorio del Aduanas I. Y según se espera, éste deberá “cubrir” las irregularidades relacionadas con el manejo de los millonarios recursos públicos que aún se resguardan en el fideicomiso 954-8, y que ascienden a más de 7 mil millones de pesos.
Aduanas I, historia de un daño patrimonial
El fideicomiso 954-8, también denominado Aduanas I, fue creado por Francisco Gil Díaz en mayo de 1993, como consecuencia de la rescisión del contrato otorgado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a la empresa Integradora de Servicios S.A. (ISSA), según relató el Servicio de Administración Tributaria (SAT) al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), durante una audiencia de desahogo de pruebas celebrada el 22 de julio pasado.
Ese día, el SAT detalló a la presidenta del IFAI, María Marván Laborde, que “una vez que se rescindió el contrato se hizo efectiva la garantía a que se había obligado a ISSA a constituir un fideicomiso, en términos del contrato celebrado. A partir de ese momento se crea Aduanas I”.
De acuerdo con el contrato de creación en poder de Contralínea, suscrito el 28 de mayo de 1993, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) figura como fideicomitente y fideicomisaria, mientras que la fiduciaria es Nacional Financiera (Nafin).
El documento oficial firmado por el propio Gil Díaz revela que el contrato se firmó en los términos del artículo 1896 del Código Civil vigente para el Distrito Federal, respecto de las personas que realicen operaciones aduaneras, de conformidad con el Artículo 8-B de la Ley Aduanera.
Según el SAT, la disposición legal establecida en el Código Civil ha permitido a la SHCP operar a través del fideicomiso Aduanas I como “gestor de negocios privados” de importadores y exportadores y no como entidad pública. Y según la cláusula quinta del contrato, el Comité Técnico de Aduanas I estuvo presidido por el actual secretario de Hacienda.
Y aunque el fideicomiso tiene el carácter de privado, el convenio también revela en su cláusula cuarta que el patrimonio se integró en un primer momento por la cantidad de 200 millones 488 mil pesos que, por instrucciones de Hacienda, fueron incorporados a esa figura jurídica.
Dicha cláusula también señala que el patrimonio contabilizará “las cantidades provenientes del Artículo 8-B de la Ley Aduanera que de parte de las personas que realicen operaciones aduaneras, reciba la ‘Fiduciaria’ del Sistema Bancario Mexicano, para lo cual la ‘Secretaría’ por conducto del Titular de la Subsecretaría de Ingresos, girará la circular correspondiente”.
El contrato del fideicomiso Aduanas I fue modificado en dos ocasiones. La primera fue instruida por el sucesor de Gil Díaz en la Subsecretaría de Ingresos, Ismael Gómez Gordillo, el 19 de octubre de 1994. Entre las modificaciones destaca la titulada “competencia jurisdiccional”, que señala que “para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten expresamente a la decisión de la Secretaría, renunciando a cualquier otro procedimiento judicial o de cualquier otra índole”.
El segundo convenio modificatorio se firmó el 2 de junio de 1998 y fue promovido por el actual director de la Lotería Nacional, Tomás Ruiz, entonces también subsecretario de Ingresos. En esa ocasión, la cláusula cuarta del convenio reveló que el patrimonio transferido por la SHCP al fideicomiso ascendió a 3 mil 305 millones de pesos.
Actualmente, la SHCP se encuentra en la última etapa del proceso de liquidación del fideicomiso Aduanas I, involucrado por la Auditoría Superior de la Federación en daños patrimoniales por casi 10 mil millones de pesos. |
ISOSA, la beneficiaria
La empresa Integradora de Servicios Operativos S.A. (ISOSA), que por más de una década monopolizó los servicios de procesamiento electrónico de datos y el apoyo y control de los despachos aduaneros en todo el país, fue creada tan sólo 17 días después de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) autorizara al fideicomiso Aduanas I a prestar estos servicios.
Según revela el título de propiedad de ISOSA signado el 22 de julio del año pasado, a través del cual se ratifica la participación mayoritaria de Nacional Financiera, esta empresa se constituyó el 15 de junio de 1993 a través de la escritura número 64882, otorgada ante la fe del Notario Público No. 16 del Distrito Federal, Francisco Fernández Cueto.
Tan sólo 17 días antes, el 29 de mayo de ese mismo año, el mandato jurídico Aduanas I fue acreditado para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, según descubre la “autorización para prestar los servicios a que se refiere el artículo 8-B de la Ley Aduanera”, obtenida por Contralínea a través del IFAI. De acuerdo con el resolutivo quinto de dicho documento, la autorización es por un periodo de 10 años prorrogables a solicitud del propio fideicomiso.
Desde que se constituyó y hasta julio del año pasado, ISOSA operó dichos servicios. Al rendir un informe detallado sobre su relación con esta empresa, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló ante el IFAI que el Fideicomiso 954-8, también llamado Aduanas I, es el único responsable de la contratación de la empresa ISOSA, por lo que la autorización para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos no se asignó a través de una licitación pública, sino por una decisión “unilateral”. |
Publicado: Diciembre de 2005
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