8 Columnas  

Mexicanos en el patíbulo

Nydia Egremy

La pobreza y la falta de información impiden a los presos en un país ajeno al suyo reclamar ayuda de sus autoridades consulares. Hoy, el ‘Caso avena' contribuye a auxiliar jurídicamente a miles de migrantes que enfrentan la pena capital.

 

 


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Unos 118 extranjeros de 32 países esperan la muerte en los pabellones de las prisiones estadounidenses. Sin embargo, desde el 31 de marzo de 2004 la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenó a Estados Unidos revisar los procesos de 52 mexicanos que enfrentaban la ejecución porque no se les permitió la oportuna asesoría consular.

Ese fallo jurídico –conocido como Caso avena– constituye un precedente internacional para los miles de migrantes extranjeros enjuiciados en otros países.

Los delitos atribuidos a los mexicanos en Estados Unidos son graves: homicidio, violación y secuestro. Al ser arrestados, nueve de ellos eran adolescentes, otros con capacidades mentales reducidas y casi todos con escasa o nula educación, por lo que carecían de herramientas para solicitar la asistencia consular a que tenían derecho, que pudo significar la diferencia entre la vida y la muerte.

A los mexicanos como a otros extranjeros, la justicia estadounidense les designa abogados de oficio. Éstos, excedidos de trabajo o incapaces de hacer valer los derechos de sus clientes no han apelado a circunstancias atenuantes porque no comprenden el idioma o carecen de las habilidades jurídicas necesarias.

De acuerdo con Amnistía Internacional los mexicanos sujetos a pena de muerte en Estados Unidos beneficiados por la decisión de la CIJ en La Haya, están en nueve estados y algunos han sido recientemente conmutados a cadena perpetua: California (27), Texas (15), Illinois (3), Nevada, Ohio, Oklahoma, Oregon, Arizona y Arkansas con uno por cada estado; 51 en total.

De ellos, un caso pendiente ante la Suprema Corte de Justicia estadounidense es el de José Ernesto Medellín, radicado en Texas. Él era uno de cinco miembros de una banda que violaron y asesinaron a Jennifer Ertman de 14 años y Elizabeth Peña de 16 en Houston en 1993 como un rito de iniciación de pandillas.

Medellín, de 18 años, fue detenido por una corte federal; sus derechos fueron violados cuando la corte de Texas lo enjuició y sentenció a muerte en 1994 sin ayuda consular. Texas argumenta que Medellín está impedido bajo la Constitución de alivio federal porque no hizo ese reclamo en su juicio.

En 2004, la Corte de Circuito 5ª de Apelaciones con base en Nueva Orleans, estableció que el alivio federal para Medellín no era posible porque México no fue avisado de su arresto. Ello condujo a que en un caso de1998 la Corte Suprema sugiriera que los tratados estaban sujetos a las normas y procedimientos de cada país.

La aportación mexicana

 

México había acudido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con sede en San José de Costa Rica para exponer el caso de sus connacionales condenados a muerte en Estados Unidos.

La CIDH sostuvo sin ambigüedades que “en virtud de que el derecho a la información es un componente del artículo 36 de la Convención de Viena sobre las relaciones consulares, el detenido extranjero debe tener la oportunidad de valerse de este derecho en su defensa”.

Como resultado de la sentencia de los quince jueces de la CIJ de La Haya en base al artículo 36 de la Convención de Viena sobre relaciones consulares, dos mexicanos sentenciados a pena de muerte se beneficiaron en 2004: Osvaldo Torres Aguilera en Oklahoma, y Rafael Camargo, en Arkansas.

Shi Kiuyong, la juez presidente del máximo órgano judicial de las Naciones Unidas, determinó: “Estados Unidos deberá brindar, mediante sus mecanismos legales propios, la revisión de su condena y sentencia”. Shi dijo que salvo en tres casos, la revisión debería hacerse conforme el proceso normal del sistema de apelaciones estadounidense.

Esta decisión consagró un nuevo derecho humano fundamental: La asistencia consular desde el principio de la detención de un no nacional en el territorio de un estado y en el futuro tutelará de modo más efectivo los derechos de los mexicanos detenidos y condenados a muerte en el extranjero.

 

Entretelones de una defensa

 

Los entretelones del éxito mexicano ante el órgano supremo de justicia de Naciones Unidas se encuentra en el “Programa de Asistencia Jurídica a Mexicanos Sentenciados a Pena de Muerte”, que la Secretaría de Relaciones Exteriores instituyó en septiembre de 2000. Un año después el programa incluyó no sólo a sentenciados, sino también a los mexicanos cuyos procesos podrían culminar en esa pena.

De acuerdo con información que proporcionó a Contralínea la Dirección General de Protección de la cancillería, en el programa se incluyen 103 casos, incluyendo a connacionales que son acusados por delitos que por su gravedad podrían derivar en una sentencia a la pena capital. En más de 70 casos el programa ha evitado la pena capital.

La información de la cancillería establece que el presupuesto original para ese programa para 2004 “fue de un millón 200 mil dólares y para 2005 es por un millón 600 mil dólares”.

Sin embargo, la versión estenográfica de la SRE del 7 de marzo de la conferencia de prensa del consultor jurídico, embajador Arturo Pager, y el Director General de Protección y Asuntos Consulares, ministro Miguel Gutiérrez Tinoco, establece: “Del año 2000 a la fecha se han invertido aproximadamente tres millones 200 mil dólares en la defensa o en la atención de todos estos casos que juntos llegan a un número aproximado de 190”.

No se esclarece, sin embargo, si los 400 mil dólares de diferencia en los montos que señala la cancillería en dos diferentes ocasiones, corresponderían al período 2001 a 2003.

En virtud de que el sistema jurídico estadounidense requiere que sólo litiguen en su territorio abogados estadounidenses, la cancillería mexicana contrató los servicios del despacho jurídico de la abogada Sandra Babcock en Minneapolis, Minnesota, y calificada en casos de pena capital.

Babcock se hizo famosa cuando tras salir de la escuela de leyes, defendió contra la pena capital al canadiense Stan Faulder. Éste permaneció 15 años en el pabellón de la muerte y ni su familia ni su consulado en Estados Unidos sabían de él. La abogada nacida en Maryland abordó el caso desde la perspectiva de la violación al Tratado de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y ganó.

Tiempo después logró la liberación del mexicano Ricardo Aldape Guerra por falta de pruebas en 1997 tras 15 años de reclusión. Fue parte del equipo legal de México en el Caso avena y trabaja con el proyecto sobre “Pena de Muerte” de la Asociación Americana de Abogados y con el Gobierno de México.

Su despacho capacita y asesora a funcionarios consulares mexicanos sobre cuestiones específicas en casos de pena de muerte al tiempo en que formula y litiga en tribunales de Estados Unidos e internacionales. Cabe recordar que México cuenta con 46 oficinas consulares en EU.

Su equipo actúa como Amigos de la Corte cuando las demandas de derecho internacional están en juego, y, de convenir, inicia el litigio para promover la protección que se proporciona bajo el derecho internacional.

La cancillería informó que Babcock no asume ninguna representación directa de los nacionales mexicanos, sino que su equipo y ella asesoran a abogados designados por las cortes, auxiliándolos en la elaboración de los documentos así como en la investigación de pruebas mitigantes y la contratación de especialistas, para beneficiar el mayor número de acusados posible.

Su despacho “informa periódicamente de su trabajo, incluyendo un desglose de tiempo destinado a cada caso con informes mensuales, detallando gastos del programa con recibos y comprobantes”, señala la cancillería.

En esencia, el futuro de los 51 mexicanos procesados en Estados Unidos que enfrentan pena de muerte y de los 93 que enfrentan procesos que devendrían en esa pena existe un escenario complejo.

Según la visión de Arturo Dager, 140 mexicanos están dentro del programa preventivo, de ahí los 93 que han evitado la pena y 58 en las que el fiscal ya había pedido la pena capital, pero a través del programa se logró que retiraran esa solicitud.

Por su parte, en su ponencia del siete de marzo pasado, Miguel González Tinoco puntualizó que los mexicanos condenados a pena de muerte están concentrados básicamente en California –con una moratoria para ejecuciones-, y en Texas. En el resto sólo hay un condenado por estado.

Finalmente, la sentencia de la CIJ tiene un sentido simbólico para la justicia internacional, porque va más allá del verdadero eslabón débil del actual proceso de mundialización que está representado por la mayoría de los migrantes, que además están carentes de toda protección legal en el extranjero.

 

La pena y la muerte

La pena capital en la Unión Americana sólo se aplica en 38 de los 50 estados, si bien se aplica federalmente en casos de jurisdicción federal y de fuero militar. No se aplica en el Distrito de Columbia (Washington, D.C) ni en los siguientes nueve estados: Alaska, Maine, Minnesota, Vermont, Hawaii, Massachusetts, North Dakota, West Virginia, Iowa, Michigan, Rhode Island y Wisconsin.

Para condenar a muerte, un jurado de 12 ciudadanos declara culpable por unanimidad al acusado y hay al menos ocho instancias de apelación –según el estado–. Las apelaciones en el sistema estatal y en la corte de distrito federal pueden llegar de nuevo a la Suprema Corte de los Estados Unidos. Estas instancias llevan años y los consulados interesados pueden intervenir.

Actualmente hay tres mil 500 sentenciados a la pena de muerte en las 38 prisiones federales y estatales de la Unión Americana. California tiene el mayor número de estos sentenciados (600) y la organización Americas Watch informó que desde los 70 han sido condenados a muerte en aquel país más de 90 jóvenes –de entre 15 y 17 años cuando delinquieron–.

En Estados Unidos 31 delincuentes juveniles se encontraban en el pabellón de la muerte hasta el 1 de julio de 1991. Para Amnistía Internacional la mayoría de ellos proceden de entornos seriamente carenciales; muchos de ellos fuera de la red de garantías jurídicas concebidas para alejarlos de la pena capital, excepto a los casos más severos.

"Una de las cosas más escandalosas sobre este asunto es que la razón más frecuente para juzgar a menores en tribunales de adultos e imponerles la pena de muerte no es sólo la gravedad de sus delitos, sino también la falta de centros para delincuentes juveniles con condenas largas", afirmó la organización humanitaria internacional.

Entre las fuerzas sociales y políticas que históricamente se han pronunciado contra la pena capital destaca la iglesia estadounidense. Apenas el 17 de junio pasado, el obispo de Brooklyn, Nicholas Di Marzio, presentó a la Conferencia del Episcopado de Estados Unidos (USCCB) que por 25 años ha pedido el fin de esa penalidad, un documento base para que el episcopado pueda actuar de manera más eficaz.

Publicado: Agosto de 2005



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