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Violar la ley, práctica institucional
Nancy Flores

Resumen
   
 
 
 

La SCT, PEMEX, CFE,IMSS y el ISSSTE, encabezan la lista de instituciones públicas con el mayor número de inconformidades ante la Secretaría de la Función Pública

En el primer trimestre de 2004, la Secretaría de la Función Pública (SFP) registró el mayor número de inconformidades; en este periodo, el órgano interno de control recibió 215 impugnaciones sobre igual número de procesos de licitación.

Cada año, el Estado mexicano destina un promedio de 25 mil millones de dólares para la compra de bienes, servicios y construcción de infraestructura que, conforme a las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados, se deben asignar a través de licitaciones públicas o invitaciones restringidas.
Así, esta inversión gubernamental se traduce a 30 mil licitaciones anuales; pero en el ejercicio de los presupuestos, las dependencias no siempre se apegan a la ley, y los nombres que encabezan las listas de instituciones con más inconformidades que se dirimen en la SFP, son invariablemente los mismos:

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Petróleos Mexicanos (Pemex), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y Comisión Nacional del Agua (Conagua).

“Obviamente, son las empresas paraestatales las que manejan mayor dinero e invierten más, también son las que reportan el mayor número de inconformidades como Pemex y sus subsidiarias, la CFE y las instituciones de seguridad social”, asegura Nelson Olavarrieta, director general de Inconformidades de la SFP.

De las 30 mil licitaciones de las secretarías y paraestatales, sólo un ocho por ciento deriva en inconformidades, es decir, poco más de dos mil 400. “En lo que va de la administración, el porcentaje de inconformidades ha ido disminuyendo; cuando llegamos era del 10 por ciento, en el 2002 bajó a nueve y en el 2003 llegamos a ocho por ciento”, asegura Olavarrieta.

De las dos mil 400 inconformidades que se presentan ante la SFP, el 25 por ciento son procedentes, 50 por ciento improcedentes, y el 25 por ciento son desechadas. Las 450 inconformidades procedentes representan tan sólo un dos por ciento del total de las licitaciones anuales.

Cuando la Dirección General de Inconformidades determina improcedente la reclamación, los interesados pueden interponer el recurso de revisión fundamentado en las leyes, ante la Subsecretaría de Normatividad de la SFP.

Otra vía de revisión del fallo es el juicio de nulidad, el cual se tramita ante el Tribunal Fiscal y de Justicia Administrativa. “El inconforme tiene la posibilidad de impugnar nuestra resolución y tiene la posibilidad de que nos corrijan”, explica Olavarrieta.

Sin embargo, durante el 2003, tanto el Tribunal como la Subsecretaría, ratificaron el 99 por ciento las resoluciones de la Dirección General de Inconformidades.
Las resoluciones

Para evitar suspicacias sobre “quién controla a la contraloría”, por normatividad, el titular del Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública, es designado directamente por la Presidencia de la República. “No es un subordinado del secretario quien nombra a los contralores de todas las dependencias menos a la de él, para que no se presente algún tipo de parcialidad”, dice Nelson Olavarrieta.

Según el artículo 48 del Reglamento Interior de la SFP, la Dirección General de Inconformidades sólo puede recibir, tramitar y resolver las inconformidades que formulen los particulares con motivo de los actos realizados por las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, así como por la Procuraduría General de la República, que contravengan las disposiciones de la Ley de Adquisiciones y de la Ley de Obras Públicas, y cuando determine el titular de la Secretaría que deba conocer directamente.

“Podemos declarar tres cosas: la falta de fundamentos de la inconformidad, la nulidad total o la nulidad parcial por un acto irregular. Por ejemplo, en un proceso de licitación, puede haber un error en la etapa económica, entonces nosotros podemos decirle al convocante que evaluó mal y que repita el proceso desde esa etapa; la nulidad total es cuando la licitación está mal desde el diseño, y la infundada es cuando el afectado no tiene la razón”, explica Olavarrieta.

El tiempo promedio en que los 35 abogados de la Dirección General de Inconformidades resuelven las impugnaciones, es de 30 días hábiles. “En el 2000, éramos 70 personas resolviendo, en 90 días, unas 260 inconformidades; a partir del 2003, somos 35, resolviendo más de 720 inconformidades, en 35 días”, asegura el funcionario.

Agrega que “esta dirección se ha vuelto un estándar para las demás que tienen que trabajar a estos ritmos; por ejemplo, los órganos internos de control de Pemex, de la CFE, que también atienden un gran número de inconformidades, se están metiendo a este ritmo”.

Para reducir los tiempos de resolución, en noviembre de 2001 la Dirección obtuvo su certificación ISO-9000; a través de esta herramienta, la dependencia ha documentado todo el proceso.

“Aunque antes se cumplían los plazos de ley de 90 días, ahora tenemos una mejor atención; esto ha servido tanto a los particulares como a las empresas convocantes del gobierno, porque sus compras se hacen conforme a derecho”, dice el director general de Inconformidades.

La dependencia también cuenta con un sistema de productividad laboral. Olavarrieta señala que éste método es similar al que utilizan los despachos y corporativos de abogados y sirve para mantener orden y un estándar de calidad.

“Para facturar a sus clientes, los abogados privados tienen que registrar las actividades que realizan, aunque nosotros no facturamos en el sentido estricto. Registro de cada actividad nos ha permitido ver a qué dedica cada uno su tiempo y así poder uniformar nuestra actividad”.

La Dirección General de Inconformidades mantiene apertura informativa a través de su página en Internet, donde se documentan los tiempos, criterios de resolución, y la normatividad que la rige.

“Tenemos la casa abierta en varios sentidos porque estas herramientas le sirven tanto a los inconformes como a los demás órganos internos de control, para que puedan resolver eficientemente” asegura el funcionario.

Inconformidades recibidas, en trámite y resueltas, correspondientes a marzo de 2004
Convocante Recibidas En trámite Resueltas Días promedio para resolver META 2004
SFP 65 62 3 31 SI CUMPLE
IMSS 19 18 1 36** SI CUMPLE
CFE 4 3 1 22 SI CUMPLE
PEMEX 19 17 2 40 SI CUMPLE
ISSSTE 17 15 2 42 SI CUMPLE
CONAGUA 1 1 0 82 NO CUMPLE
SCT 1 1 0 50 SI CUMPLE
SAGARPA 3 3 0 N/A N/A
CAPUFE 6 6 0 67 NO CUMPLE
L Y F C 2 1 1 114 NO CUMPLE
PETROQ.
CANGREJERA 1 1 0 2 NO CUMPLE
TOTAL 186 162 24 158 SI CUMPLE

Fuente: SFP

 
 
 

 


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