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Al poco tiempo
se habló de varios cargos en su contra: malversación
de fondos, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad,
entre otros, por los que fue encarcelado en noviembre de 1993
y llevado a Consejo de Guerra.
El general brigadier
José Francisco Gallardo contrató para su defensa
al único abogado civil capaz de enfrentar a las autoridades
militares: Félix Garza, que logró para él
una serie de amparos que le valieron su traslado a una prisión
civil y finalmente su excarcelación, al demostrarse que
los delitos eran fabricados, previa recomendación de
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al gobierno
y ejército mexicanos por irregularidades en el proceso
judicial.
El del general
Gallardo es quizá el caso más evidente de las
irregularidades ejercidas dentro del sistema de justicia militar,
de las que hablan algunos especialistas.
En opinión
del doctor Omar Darío Ariza, autor del libro Justicia
militar y sus inconstitucionalidades, en un Estado en que se
habla de democracia los asuntos penales que involucran a los
militares deben ser ventilados en juzgados civiles, a fin de
que no se presenten irregularidades que burocraticen un proceso
judicial: Como sucede en los tribunales militares, donde se
continúa con prácticas antiguas que no fortalecen
la legitimidad de la justicia penal militar, como el que todos
los involucrados en un proceso se rijan por una misma línea
de mando.
La directriz
hacia la que apunta la designación de juzgador y juzgado
por el mismo mando, agrega el abogado y miembro del Centro Internacional
de Criminología, implica la inexistencia de garantías
para el procesado, al no existir independencia entre jueces
y fiscales.
Y resume: La
justicia castrense no es objetiva, sino subjetiva. Y, sobre
todo, carente de lugar en un Estado de derecho.
General
incómodo
Francisco Gallardo acepta que trastocó un orden, pero
no el legal, dice, sino el que impera de manera tácita
dentro del círculo castrense, y pagó un alto precio
por ello: ocho años y tres meses en habitaciones de prisión
y entre pasillos de juzgados, de militares y civiles. De los
primeros, enumera enésimos casos de mandos inferiores
al suyo, y muchos de la tropa, que no podían pagar un
defensor y se apegaban a los designios de la defensoría
de oficio, que por ellos hizo muy poco, casi nada.
Los mandos
medios y la tropa sujetos a juicios no tienen los elementos
suficientes para su defensa ni las pruebas, y mucho menos la
posibilidad de demostrar probable inocencia. En los juzgados
militares se encubren violaciones y trastocamiento al orden
jurídico por parte de los altos mandos.
La ausencia
de pruebas, el lento trámite de solicitudes para revisiones,
el retraso de audiencias son citadas por Gallardo como las principales
causas que desvirtúan los procesos judiciales dentro
del ámbito militar.
Subordinar
al ejército
Para acabar con las irregularidades en las que incurre el ejército
en materia de impartición de justicia, alega el general
brigadier, la autoridad civil debe subordinarlo, anclarlo en
el cauce constitucional y hacerlo respetuoso de las leyes, porque
la defensa nacional no es un asunto exclusivo de los militares,
sino de todos los mexicanos.
Para José
Luis Píneyro, experto en asuntos militares y seguridad
nacional, aunque desde la administración zedillista comenzaron
los procesos judiciales en contra de militares con alto grado
(Jesús Gutiérrez Rebollo, Arturo Acosta Chaparro
y Francisco Quirós Hermosillo), en México aún
no se puede confiar en la aplicación de la justicia militar,
por su dependencia total y directa del secretario de la Defensa
Nacional.
Pineyro,
conferencista del Centro de Estudios Navales y miembro del Sistema
Nacional de Investigadores, señala la urgencia de reformar
el sistema de justicia militar, y agrega que en el caso de delitos
como el narcotráfico, contra la salud o violaciones a
los derechos humanos, es decir, que involucran de manera directa
a la población en general, éstos debían
llevarse ante las autoridades civiles.
El público
debe saber el funcionamiento de las Fuerzas Armadas. El sistema
judicial militar requiere de una profunda reforma en la que
los jueces, magistrados y ministerios públicos actúen
con apego a derecho, de forma imparcial y objetiva, porque hay
crímenes que superan las jurisdicciones territoriales,
concluye.
| Consejos de Guerra a militares del 2000
a la fecha |
| Delito |
Número
|
| Abuso de autoridad |
15
|
| Abuso de autoridad causando la
muerte |
3
|
| Homicidio |
33
|
| Lesiones |
12
|
| Abandono de
servicio |
24
|
| Falsificación |
8
|
| Delitos contra
la salud |
21
|
| Inhabilitación y desobediencia |
2
|
| Insubordinación
causando lesiones |
31
|
| Insubordinación |
4
|
| Robo |
22
|
| Extravío de lo perteneciente
al ejército |
2
|
| Infracción
de deberes especiales de aviadores, causando daños |
3
|
| Deserción en actos de servicio |
14
|
| Cohecho |
9
|
| Fraude y malversación |
26
|
| Infracción
de deberes militares a los que están obligados a
servir en el ejército |
10
|
| Homicidio calificado, tortura
y abuso de autoridad |
4
|
| Violencia contra
las personas causando homicidio |
4
|
| Venta de armas de fuego sin licencia |
2
|
| Daños
a propiedad ajena |
1
|
| Allanamiento de morada |
5
|
| Abuso sexual |
1
|
| Uso de documentos falsos |
1
|
| Violencia contra
un vigilante |
3
|
| Falsedad de declaraciones judiciales |
3
|
| Desobediencia |
3
|
| Extorsión |
1
|
| Atentados al
pudor y deserción |
1
|
| Retención de haberes |
1
|
| Violación
a la Ley General de Población (transporte de extranjeros
en el país) |
1
|
| Ejercicio indebido de servicio
público |
1
|
| Merodeo |
1
|
| Lesiones simples |
1
|
| Lesiones por
culpa |
1
|
| Insubordinación con vías
de hecho causando la muerte del superior |
1
|
| Lesiones calificadas |
1
|
| Deserción por abandono
de plaza |
1
|
| Lesiones culposas |
2
|
| Homicidio culposo |
2
|
| Robo calificado
de mariguana |
1
|
| Encubrimiento del delito de homicidio |
1
|
| Homicidio simple |
3
|
| Homicidio en riña |
1
|
| Abandono de
comisión |
3
|
| Deserción |
1
|
| Robo simple |
1
|
| Abandono de servicio y lesiones |
1
|
| Homicidio imprudencial |
3
|
| Cómplice de robo calificado |
1
|
| Violación |
1
|
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Total 299
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Fuente:
Secretaría de la Defensa Nacional |
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