Aunque en el mundo es creciente legislar
el derecho al acceso a la información, en diversos países
permanece un ánimo de insatisfacción; en México
falta ver la operatividad de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública. Por sus orígenes y candados,
dicen especialistas, se impedirá en la práctica la verdadera
transparencia.
El
acceso a la información es un valor fundamental de las democráticas
formalizado en 30 países del mundo, 20 de éstos entre
1990 y 1996. Paradójicamente, en un proceso oscuro y con
muchas resistencias, el gobierno de nuestro país se ha comprometido
a garantizar transparencia en su ejercicio y el acceso a su información.
Así, México se suma a la reciente oleada de naciones
-más de 50 por ciento son pobres- que dan forma aun derecho
fundamental de la humanidad; sin embargo, ningún gobierno
centroamericano, por ejemplo, cuenta con alguna reglamentación
de este tipo.
El presidente Vicente Fox capitalizó la demanda de la población
para brindar acceso a la información a todos los ciudadanos,
pero con candados, y heredó un trabajo titánico al
órgano encargado de velar por este derecho.
Oficialmente todo comenzó el 18 de octubre de 1975, cuando
el entonces candidato a la presidencia de la República José
López Portillo hizo una referencia a la importancia de garantizar
el derecho a la información. Unos meses después presentó
su iniciativa como parte del Plan Básico de Gobierno 1976-1982,
según consigna Jorge Carpizo en su libro Estudios en homenaje
al maestro Mariano de la Cueva.
De entonces a la fecha ha pasado más de un cuarto de siglo,
pactos y acuerdos internacionales que velan por los derechos humanos
y civiles, que han evidenciado la necesidad de acabar con el hermetismo
de las administraciones públicas, que a su vez genera corrupción
y ésta, recursos económicos.
Es en este contexto histórico que nace la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,
aprobada el pasado 30 de abril, promovida por organismos ciudadanos
-principalmente el Grupo Oaxaca- y la propia administración
panista.
En la Cámara de Diputados, el legislador del PRD Miguel Barbosa
Huerta fue el primero en presentar, el 11 de julio de 2001, una
iniciativa en la materia, que sirvió de base para el trabajo
del Grupo Oaxaca. Cabe precisar que la primera ley de acceso a la
información, no federal, se aprobó en el estado de
Sinaloa, y fue elaborada en su totalidad por Ernesto Villanueva,
académico y miembro del Grupo Oaxaca.
Exactamente 11 meses después se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el decreto que aprobaba la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, no obstante entrará en vigor hasta el 11 de
junio de 2003.
Los
candados
El gran problema de la Ley Federal de nuestro país sino fue
concebida como reglamentaria del artículo sexto constitucional,
debido al cabildeo panista, en las negociaciones previas.
A propósito, opina Ernesto Villanueva, académico y
especialista en el tema. "Esta fue una de las objeciones del
presidente Vicente Fox. Que lo fuera hubiera permitido al peticionario
no agotar todos los recursos internos, sino en su caso y a voluntad
poder restituir su derecho violado, mediante un juicio de amparo.
"No se dio ese paso. El ciudadano puede ampararse, pero una
vez agotados todos los procedimientos legales. Formalmente ésta
no es una ley -por ahora- de orden reglamentario del artículo
sexto".
Cuestión de semántica, es la única diferencia
que encontró el comisionado del IFIAP, José Octavio
López Presa: "No valdría la pena entrar en este
momento en esas sutilezas semánticas, lo importante es que
el ciudadano sepa que a partir de la entrada en vigor de esta ley,
ninguna dependencia le puede negar información".
Existe otra serie de medidas que no eliminan la discrecionalidad
que ha prevalecido en el manejo de la información pública.
Por ejemplo, en diciembre del año pasado se sabía
que el proyecto de ley establecía un plazo de 20 años
para la desclasificación de la información, con la
posibilidad de ampliarse. Esto despertó tales suspicacias,
que en su redacción final, la ley contempló un período
máximo de reserva de la información de 12 años.
No obstante, el promedio internacional es de diez años, por
lo que México no cumple con este indicador.
De acuerdo con la ley, una razón importante para no dar a
conocer la información solicitada es la de seguridad nacional.
Especialistas en el tema opinan que la definición del concepto
debe estar en el mismo documento, pues el concepto puede interpretarse
de acuerdo con diversos intereses.
Los candados de la ley a nivel federal evidencia que de cara a la
sociedad el presidente Fox publicitó su decisión de
estar en favor de esta iniciativa, pero dio lo menos posible, es
decir, dejó una ley minimalista.
"Lo cierto -añade- es que ninguna de las dos leyes es
el puerto donde se agota el tema, faltan algunas otras medidas complementarias.
Faltan leyes de archivos públicos, de transparencia y equidad
publicitaria en los medios y falta ampliar los capítulos
de datos personales.
Por su parte Raúl Trejo Delarbre, académico y especialista
en medios de comunicación, lamenta que en la ley no se involucra
directamente a los medios ni a los periodistas, por lo que considera
que hay, en el gobierno panista una resistencia a la transparencia.
Ello explica, por ahora, que los funcionarios públicos desatiendan,
a placer, el llamado de los medios. Es caso particular del subsecretario
de Comunicación Social de la Secretaría de Gobernación,
José Durán Reveles, quien mediante su asistente Ricardo
Tejeda no atendió la solicitud de Contralínea para
la realización de este reportaje.
Zares ungidos
Todo comenzó con los candados y continuó con la designación
de los comisionados del IFIAP, encargados de velar que la ley se
respete.
Desde su aprobación unánime en el Congreso el pasado
30 de abril, todo el proceso para echar andar este instrumento democrático
no había sufrido ninguna objeción, hasta que se presentó
la desaprobación de dos de los cinco comisionados que se
encargarán del Instituto Federal de Acceso a la Información
Pública (IFAIP), incluso, uno de ellos renunció.
Tal instituto debe estar integrado por cinco comisionados; pese
la impugnación de Horacio Aguilar Alvarez de Alba y Guillermo
Velasco Arzac, el primero fue ratificado. Versiones periodísticas
los señalan con estrechos lazos con la Iglesia católica
y organizaciones de ultraderecha desaparecidas como el MURO.
Para Trejo Delarbre, la designación debió hacerse
mediante un concurso público y no de manera hermética,
como se dio. Lo cierto fue que la lista de los cinco comisionados
del IFAIP, propuestos por el Poder Ejecutivo se presentó
vía la Secretaría de Gobernación minutos antes
de vencer el plazo, la Junta de Coordinación Política
del Senado, presidida por Diego Fernández de Cevallos, argumentó
poca información para la buena evaluación de los candidatos.
Luego de que fue objetado y antes de renunciar a su candidatura,
Guillermo Velasco Arzac lo dijo claramente: "Aunque envíamos
nuestra currícula al Senado, no fue distribuida entre todos
sus miembros, todo fue resultado de una negociación previa
del PAN".
Si el IFIAP tiene triple autonomía: operativa, presupuestaria
y de decisión, por lo que sus resoluciones no pueden ser
revisadas por ninguna otra instancia administrativa, aún
falta la designación del quinto comisionado, la elección
interna de su presidente y el reglamento de la ley.
Estos claroscuros de la transparencia tienen una sola lectura, a
decir de Villanueva: "La relación entre el Estado y
los medios es una relación desigual, que intenta pasar por
la transparencia, pero que se queda atrapada por las fórmulas
del pasado que no sólo no se han ido sino que siguen vigorosas,
y siguen siendo un instrumento de colaboración, de colusión
de intereses con algunos -no todos- medios.
Foto: Rafael Gaviria
Instrumentos
legales
De acuerdo a la Ley de Acceso a la Información, los órganos
del Estado están obligados, a poner a disposición
de los ciudadanos la información que les permita acceder
al conocimiento directo de las funciones, acciones, resultados,
estructura y recursos asignados.
Ello garantiza el derecho que tienen los particulares a requerir
información. Hasta ahora sólo el Poder Ejecutivo ha
implementado la creación de unidades y comités encargados
de atender estas demandas, mientras que los poderes Legislativo
y Judicial, así como los órganos constitucionales
autónomos, establecerán su propio procedimiento.
Para asegurar su cumplimiento, la ley establece que las causas de
responsabilidad administrativa y las sanciones por incumplimiento
son de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos. Por ejemplo, sustraer, destruir,
ocultar, alterar o denegar información pública son
causas de sanción a los funcionarios involucrados, que pueden
ir hasta su destitución e inhabilitación; independientemente
de su responsabilidad penal.
El procedimiento para solicitar la información apunta que
cualquier ciudadano podrá acudir a la ventanilla única
receptora de la dependencia de su interés, que a su vez contará
con un comité interno, evaluará y dará cauce
a la petición.
Los obstáculos
A pesar de las diferencias y enfoques surgidos en diez meses de
negociaciones, hoy existe consenso entre diversos especialistas
en el sentido que esta ley no agota el tema. Su punto nodal es el
acceso a la información pública y falta legislar lo
referente al derecho de la información que abarcaría
reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión, a la Ley
de Imprenta y la incorporación plena de otros derechos.
"¿Cuándo podemos suponer que se verán
claramente beneficios? Antes de que transcurran dos años;
las experiencias internacionales nos dicen que en el primer año,
el cúmulo de demandas es exponencial, se dispara, luego viene
una etapa de mayor equilibrio", explica Guerrero Amparán.
Para Ernesto Villanueva los candados y claroscuros de la ley evidencian
la resistencia al cambio del aparato público, porque la cultura
de la secrecía genera corrupción y la corrupción
dota de recursos públicos.
De cumplir su cometido y acogidos a la idea de que el oscurantismo
genera corrupción, México dejará de pertenecer
a la segunda mitad de los países más corruptos del
planeta. De acuerdo con la Organización Transparencia Internacional,
nuestro país ocupa el escalón 59, de 91 países
analizados.
Por ello a diferencia de algunos periodistas y funcionarios, no
encuentro razones para el optimismo, puesto que la ley no es novedosa
y depende de la voluntad gubernamental. Además el IFAIP establece
una enorme burocracia para sus funciones, más que facilitar
el acceso, es un nuevo dique a la información", Trejo
Delabre.