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Crecen feminicidios en México

Crecen feminicidios en México

De 2007 a la fecha se han cometido, al menos, 2 mil 15 “homicidios dolosos contra mujeres y niñas” en 18 entidades del país, señala el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio. Los crímenes de género se recrudecen a pesar de la promulgación de la ley a favor de una vida sin violencia. “Es letra muerta” en un sistema judicial cooptado por prejuicios machistas, indican organizaciones. En uno de estos casos, el homicida de la universitaria Alí Castrejón Cuevas podría quedar en libertad


Flor Goche

Pasaba el medio día del 20 de noviembre de 2009. El cuerpo de Alí Castrejón Cuevas yacía inerte en la cocina del departamento de su exnovio, Osvaldo Morgan Colón. La fiesta de cumpleaños que éste le organizó en la calle de Ayuntamiento, en el centro de la ciudad de México, había terminado.

—Alex, Alex –la súplica desesperada de Osvaldo lo despertó–. ¡Maté a Alí: ya les había dicho que algo así iba a pasar!

Las rodillas, ya sin fuerza, cayeron sobre el piso de la recámara. El cuchillo ensangrentado en una de las manos confirmaba las palabras del joven.

—Llama a una patrulla… No, mejor no… Mejor sí… Tranquilo, tranquilo –las palmadas sobre el hombro llamaban a la cordura. Luego vendría el intento de suicidio.

—¡Por qué no me muero! ¡Ya no tengo salvación, verdad!

Alejandro recuerda la imagen de su amigo cortando varias partes de sus antebrazos, según su testimonio integrado al expediente de la causa penal 285/09, radicada en el Juzgado 39 de lo Penal del Distrito Federal, al que Contralínea tuvo acceso.

Alí apenas había cumplido 24 años cuando fue asesinada por el hombre que decía amarla. Las 26 puñaladas en su vientre, cuello y rostro mostraron la crueldad del episodio, que fue calificado por algunos diarios como “crimen pasional”.

Familiares y amigos de Castrejón Cuevas –feminista, poeta y estudiante universitaria– asumen que el feminicidio, así lo llaman, sucedió como narra Alejandro en su testimonio. Además de justicia, buscan “que el caso sea ejemplar”: se trata de “sensibilizar a la gente”; que sen den cuenta que no es un problema exclusivo de Ciudad Juárez, “que a cualquiera le puede pasar”.

“El hecho de que sepamos de Ciudad Juárez es gracias al empuje y a la tenacidad de las madres y de las organizaciones civiles que están allá; pero eso no significa que no (se cometan feminicidios) en otros lugares”, asegura Andrea Medina, colaboradora del Comité de América Latina y del Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer.


Después de Guatemala, México es el país con el más alto índice de feminicidios. En 2009, 529 mujeres y niñas fueron asesinadas tan sólo en ocho estados de la república, revelan los datos del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

De éstos, 173 fueron cometidos en el Estado de México; 93 en Baja California; 69 en Sinaloa; 63 en Tamaulipas; 57 en Jalisco; 38 en Nuevo León; 33 en Morelos; y tres en Zacatecas.

De enero de 2007 a diciembre de 2009, este Observatorio ha logrado documentar 2 mil 15 “homicidios dolosos contra mujeres y niñas” en 18 de las 32 entidades federativas de la república mexicana. Destaca el Estado de México con 556.

El concepto del “feminicidio”, sin embargo, está ausente de la legislación mexicana. Especialistas reconocen que el término es apenas una categoría política –producto de la teoría feminista– que diversas organizaciones han empleado para denunciar los asesinatos contra mujeres inspirados en una cultura “discriminadora y misógina”.


Tipificar el feminicidio

Tipificar o no el feminicidio como un nuevo delito penal en México es “la pregunta del millón” para Andrea Medina.

El debate es vigente: tipificar el feminicidio como tal o señalar la condición de género como un agravante en un homicidio, explica Angélica de la Peña, exdiputada perredista e integrante de la Red de Investigadoras por la Vida y la Libertad de las Mujeres.

“Yo simpatizo por la segunda propuesta porque va en sentido de la doctrina penal que ha derogado el parricidio, el infanticidio, etcétera, para considerar como agravantes las condiciones particulares del agravio.”

“Nosotras le apostamos mucho a la tipificación”, pues los feminicidios, al compartir características y patrones, necesitan un tratamiento integral y específico, explica María de la Luz Estrada, integrante del OCNF.

De acuerdo con el reporte del primer semestre de 2009, Una mirada al feminicidio en México, elaborado por este Observatorio, la tipificación del feminicidio es una medida urgente “para efecto de una debida investigación y sanción de los responsables”.

A pesar de que el término “feminicidio” está presente en la legislación de países como Guatemala y Costa Rica, “los resultados no han sido muy positivos”, asegura Medina.

“Sí hay un problema de leyes”, afirma. Pero el gran problema en México y en América Latina es la aplicación de las leyes: “El asunto es cómo las aplicamos y cómo se transforma el acceso a la justicia”.


Ley vanguardista, letra muerta

A partir de la aprobación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en 1997, la legislación mexicana cuenta con la figura “violencia feminicida”, definida como “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

Con respecto de la ley, Francesca Gargallo, feminista y profesora de filosofía en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, no tiene duda: “Teóricamente es un gran avance; (pero) en la práctica, ninguno”.

La importancia de la legislación radica en que “no habla de ‘combate a’ o ‘de lucha contra’; habla del derecho que tenemos las mujeres a vivir bien, a vivir con una total libertad de nuestros actos”, explica.

Al nombrar los feminicidios, se cree que “nosotras estamos exagerando o dimensionando lo que es tan normal, tan común y corriente”, explica Mariana Berlanga, feminista autónoma y especialista en el tema. Para ella, el gran avance de esta ley es la “legitimación de ese lenguaje”: el que contribuye a “desnaturalizar” la violencia contra la mujer.

El avance es “solamente conceptual”, coincide María de la Luz Estrada, también integrante de Católicas por el Derecho a Decidir. A pesar de que es tarea de cada estado armonizarla con su normatividad (códigos civil y penal), actualmente sólo 16 entidades federativas tienen reglamento, señala. “El reto que tenemos es que se implemente, y entonces podamos evaluar si está teniendo un impacto”.

Al aceptar que son muy pocos los abogados y procuradores de justicia que conocen y “reconocen” la ley general de la mujeres, Teresa Incháustegui –presidenta de la Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento Puntual y Exhaustivo a las Acciones Emprendidas por las Autoridades Competentes en Relación a los Feminicidios Registrados en México, de la Cámara de Diputados– explica que se trabaja en la sensibilización y capacitación de jueces y ministerios públicos, funcionarios “que son huesos muy duros de roer”.

Francesca Gargallo señala que, además del aspecto jurídico, debe trabajarse en un aspecto más: la educación, sobre todo “la educación afectiva”. Instrumentos como esta ley “no sirven de nada si no se reconfiguran las relaciones sociales”, complementa Mariana Berlanga.


Feminicidio, “crimen de Estado”

El concepto “feminicidio” apareció por primera vez en una resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, emitida en noviembre de 2009. Se trató de una condena al Estado mexicano por la violación de los derechos humanos de tres mujeres encontradas sin vida y con rasgos de tortura sexual en un predio de Ciudad Juárez: el Campo Algodonero.

Recién instalada la cuarta edición de la Comisión Especial de la Cámara de Diputados, cuyo objetivo es “dar seguimiento a lo que las autoridades hacen para resolver los feminicidios”, su presidenta, Teresa Incháustegui, reconoce que dicha resolución es “un instrumento muy importante de trabajo, pues abre toda una nueva vertiente de política pública en materia de prevención, investigación y atención a víctimas de los feminicidios”.

El feminicidio, considera, “es la punta del iceberg de una violencia estructural que tiene un componente de género” y que refleja, entre otros aspectos, impunidad.

Incháustegui y feministas como Berlanga y Gargallo se ciñen a la definición de la antropóloga Marcela Lagarde, quien asegura que el feminicidio es, además de un crimen de lesa humanidad, un crimen de Estado. “Si el Estado falla se crea la impunidad, la delincuencia prolifera y el feminicidio no llega a su fin”.

Andrea Medina advierte que la sentencia de la Corte “no es un punto final; es una buena noticia que no se cumple sola”. Integrante del equipo que representa este caso ante la Corte, insiste en que la sociedad civil debe “medir y evaluar si el Estado realmente está cumpliendo con estas resoluciones” que no sólo son para Ciudad Juárez, sino para todo el Estado mexicano.


Fiscalías, sin datos confiables

La sentencia de la Corte deja al descubierto el fracaso de las decenas de fiscalías, comisiones y programas oficiales creados supuestamente para esclarecer los feminicidios en México. El documento señala que ni siquiera se cuenta con cifras confiables.

Se trata de una “simulación del Estado”, asegura Andrea Medina. “México gasta muchísimo dinero, mucho más de lo que podemos imaginarnos, en tener una buena imagen internacional de cumplimiento a los derechos humanos”.

La Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas –dependiente de la Procuraduría General de la República– “ni siquiera tiene actualizados los nombres de los procuradores de los estados”, se queja María de la Luz Estrada: “Es vergonzoso para una fiscalía que fue creada para investigar”.

Desde 1997, año de su creación, el OCNF –constituido por 43 organizaciones de derechos humanos y de mujeres de distintos estados del país– ha buscado solventar lo que el Estado mexicano ha ignorado: documentar los casos de feminicidios ocurridos en el país.

Los medios de comunicación y las solicitudes de información, presentadas a las fiscalías y procuradurías por medio de las leyes de transparencia, son sus fuentes. “Es una travesía”, asegura Estrada.

Hasta el momento, sólo han conseguido documentar parcialmente lo que sucede en 18 estados. Las instancias oficiales “no quieren que hablemos de feminicidio, entonces hacen una negación de la información”, señala.

Es el caso de Oaxaca, en donde sólo han tenido datos hemerográficos. En Chiapas, la cifra durante el primer semestre de 2009 fue de 130 feminicidios: “Ahorita ya no nos quieren dar la información”. En Tlaxcala, “corredor de tratas”, los periodistas incluso “tienen prohibido escribir notas sobre mujeres asesinadas”, asegura Estrada.


“El crimen pasional no existe”

Definir jurídicamente la violencia contra las mujeres contribuye también a erradicar conceptos no científicos como el de “crimen pasional”.

“Hay que revertir la tendencia común de que cuando se trata de un asesinato contra una mujer, todo el aparato de justicia tiende a justificar al asesino; entonces, inmediatamente se empieza a hablar de delitos pasionales, de problemas dentro de la pareja, de lo conflictiva que era la víctima”, dice Francesca Gargallo.

Precisamente, cuando se les reduce al campo de lo privado, complementa Berlanga, “hay esta parte de quitarle la responsabilidad al Estado, a la estructura que supuestamente debe de procurar la justicia”.

“El crimen pasional no existe; lo que existen son feminicidios que se escudan detrás de ‘sentimientos’ que tienen valor para la justicia sólo cuando son esgrimidos por un hombre”, asegura Gargallo.

El derecho penal está basado en una serie de prejuicios sobre la mujer, reconoce la diputada Teresa Incháustegui. “Estamos hablando de un patriarcado jurídico que todavía no se desmonta en nuestro país”.

“El hecho de que haya un elemento pasional por un vínculo amoroso e íntimo entre un hombre y una mujer es un elemento que disminuye la carga de la pena; incluso, en muchas formulaciones de derecho penal, los delitos sexuales están considerados como ‘delitos de honor’”, explica.

El riesgo para las feministas

“Es un error pensar que por el hecho de ser feministas estamos más allá de la violencia”, asegura Mariana Berlanga. Al analizar el caso de Alí Castrejón, concluye que las mujeres que rompen con los roles son precisamente las que están “en el ojo del huracán”: entonces, “son castigadas”.

Se trata, en palabras de Incháustegui, de un “un conflicto que tiene que ver con que la mujer se ha salido del control masculino, que reta con su propia autonomía las formas tradicionales del patriarcado”.


Alí, un caso ejemplar

“El caso de Alí engloba perfectamente lo que es la evidencia tan contundente de la saña; y a la vez, el no reconocimiento de esa evidencia”, asegura Berlanga, también integrante del colectivo Alí Somos Todas, constituido a raíz del asesinato de la joven.

“Hasta podríamos decir que es un crimen alevoso”, se pronuncia José Mario Nájera, médico legista guatemalteco. Al propinar 26 heridas con arma blanca “me estoy asegurando del acto que estoy haciendo” y de que “la víctima no oponga resistencia”: eso se llama alevosía, explica.

“Uno no tiene que ahondar mucho en las diferencias físicas y anatómicas entre un hombre y una mujer” para reconocer que existe “una relación desigual de poder” entre ambos: “Son cuestiones de pura lógica”, argumenta Nájera para rebatir la tesis de “defensa legítima” presentada por los abogados de Osvaldo, quienes afirman que Alí lo atacó primero.

De los 549 casos de feminicidios documentados por el OCNF en 2009, 70 corresponden a homicidios perpetrados por familiares y/o parejas, como en el caso de Alí. Las investigaciones de esta organización apuntan que el rango de edad de las víctimas, en México y en Centroamérica, oscila entre los 20 y los 40 años.

La mayoría de los casos permanece en la impunidad. Tan sólo en el Estado de México, “de 2005 a la fecha, menos del 20 por ciento de los asesinos está consignado; y menos del 2 por ciento tiene alguna sentencia”, señala María de la Luz Estrada. Por ello, se debe “poner énfasis en el estatus legal de estos casos”, enfatizan el OCNF y la comisión especial contra los feminicidios de la Cámara de Diputados.

Actualmente, Osvaldo Morgan Colón está preso en el Reclusorio Norte, procesado por el delito de “homicidio calificado” con las agravantes de “saña y alteración voluntaria” –en su orina se encontraron restos de “alcohol, cannabis y barbitúricos”–, consta en el expediente judicial.

Como en otros casos de feminicidio, las irregularidades en el proceso y la culpabilización de la víctima están presentes, denuncian integrantes de Alí Somos Todas. “Era inestable emocionalmente, era poliamorosa, tenía problemas familiares…”, son los argumentos presentados por la defensa de Osvaldo.


Han transcurrido cuatro meses desde el asesinato y aún no se dicta sentencia. El proceso se encuentra detenido, pues el inculpado solicitó un amparo en contra del auto de formal prisión “a pesar de que no existen elementos objetivos para que se lo otorguen”. Familiares y amigos de la víctima se muestran preocupados, pues el hermano de Osvaldo es el exdiputado perredista Humberto Morgan Colón.

Además de la nacionalidad mexicana, Alí contaba con la nacionalidad panameña. Por ello, la Defensoría del Pueblo de Panamá; el Ministerio de Relaciones Exteriores; la Comisión de Asuntos de la Mujer, Derechos del Niño, la Juventud y la Familia, y la rectoría de la Universidad de Panamá se pronunciaron para que en México se haga justicia.

En vísperas del 8 de marzo, feministas mexicanas, algunas integrantes de Alí Somos Todas, se pronunciaron por la creación de un frente contra los feminicidios. Se trataría, dicen, de un esfuerzo por visibilizar y nombrar los feminicidios en México: “Lo que queremos decir a los familiares de las víctimas es ‘no están solos’. Como su caso, hay otros cinco o seis al día y tienen patrones”, expone Gargallo.

FUENTE: CONTRALÍNEA 176 / 4 DE ABRIL DE 2010